Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DECLARA: INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, incoado por la SOCIEDAD MERCANTIL FINCA EL ROBLE, representada en este acto por su apoderado judicial abogado HUGO LUIS DAM SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.761, contra PROVIDENCIA ADMINSITRATIVA Nº 00213-10, de fecha 16 de junio de 2010, dictado por la abogado NORKIS EMILIA ZAMBRANO SANCHEZ, Inspector del trabajo en los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel lamas, San Casimiro y Camatagua con sede en Cagua Estado Aragua, mediante la cual ordeno el reenganche y pago de los salarios caídos de la ciudadana MEJIAS ACEVEDO YELITZA MERCEDES, titular de la cédula de identidad Nº V-10.666.305,.....