PRIMERO: ADMITE y DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el abogado ENRIQUE JOSE LEAL VELIZ, en su condición de Juez Integrante de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal en la causa 1Aa-14.176-19, relacionada con el ciudadano CESAR AUGUSTO MONCADA ALVAREZ, asistido por el relacionado con el abogado ABG. LUIS IGNACIO DIAZ, quien interpuso escrito de Apelación de Auto, en la causa 8C-24.214-19, llevada por el Juzgado Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua; de conformidad con el articulo 89 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ACUERDA oficiar a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de este estado, a fin de que convoque al Juez suplente respectivo para que integre la Sala Accidental, conozca el fondo del asunto y se dicte la decisión correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-