Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITEN los recursos de apelación, siendo el primer recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CARLOSMIUEL MENDOZA HERNANDEZ, en su condición de VICTIMA, y el segundo recurso de apelación ejercido por los abogados GABRIEL HERRERA y JORGE ROSALES, en su carácter de FISCAL PROVISORIO y AUXILIAR INTERINO RESPECTIVAMENTE EN LA FISCALÍA SEXTA (6°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha diez (10) del mes de Octubre del año dos mil veintitrés (2023), por el TRIB.....