Declara sin lugar la apelación presentada por el abogado CANDIDO GARCÍA, defensor privado del ciudadano (Identidad omitida, artículo 65 y 545 LOPNNA), contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 17/03/2008, que decretó privativa de libertad, por cuanto el ciudadano (Identidad omitida, artículo 65 y 545 LOPNNA), fue presentado ante un tribunal de control especializado y le fue acordada una medida cautelar sustitutiva.