PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado, RAFAEL VARGAS, en su condición de Defensor Público del ciudadano HERMES DE JESÚS BASTIDAS GARCÍA, imputado en Auto.SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de Presentación del detenido, celebrada en fecha siete (07) febrero de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Primero (1º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en la cual, entre otros pronunciamientos DECRETÓ la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad para el ciudadano HERMES DE JESUS BASTIDAS GARCÍA, de conformidad con lo establecido en e l artículo 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código penal, LESIONES, previsto y sancionado en el articulo 414 con el agravante del articulo 217 de la LOPNNA, y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para e.....