DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de autos ejercido por el ciudadano MIGUEL ANGEL FLORES CARMONA, en su carácter de Imputado bajo su propia representación, en contra de la decisión dictada por el tribunal A-Quo de fecha ocho (08) del mes de Junio del año dos mil veintitrés (2023), por el Tribunal ut supra mencionado, en la causa signada bajo el alfanumérico DP04-P-2023-000186 (Nomenclatura de ese Tribunal).
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión de fecha ocho (08) de Junio del año dos mil veintitrés (2023), emitida por el Juzgado Primero (01°) de .....