"....PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por la recurrente ciudadana imputada JOELIS YANTIZIA FARRERAS GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 203.299. SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso de Apelación presentado, por la recurrente ciudadana imputada JOELIS YANTIZIA FARRERAS GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el número 203.299, en contra de la decisión dictada por el JUZGADO TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 20 de noviembre de 2019, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado acuerda entre otros pronunciamientos: acoger la precalificación fiscal por el delito de FRAUDE ELECTRONICO previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Especial Contra Delitos Electrónicos, y decreta medica cautelar sustitutiva de la libertad de conformidad con lo previsto en el artículo 242 en sus numéreles 3º, 4º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal...."