V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Julio Piñero, debidamente asistido por la abogada Maritza Hernández, Inpreabogado Nº 114.722, contra el auto de fecha 17 de enero de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y bancario del Estado Aragua, sede Cagua.
.SEGUNDO: NULA DE NULIDAD ABSOLUTA el auto de fecha 17 de enero de 2006 (folio 06); en el cual se admitió el juicio de Honorarios Profesionales a través de la vía del procedimiento ordinario; así como las actuaciones posteriores a éste; REPONIENDOSE LA CAUSA al estado de ADMISION de la presente demand.....