VI. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación interpuesta por la ciudadana MARIA SOLEDAD DE VANEGAS, venezolana, mayor de edad, Abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.509, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSE MIGUEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Nº 7.190.409.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE el auto dictado en fecha 10 de octubre de 2005 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua, con sede en Cagua, CONFIRMANDOSE en consecuencia la declaratoria de Inadmisión de la prueba de cotejo promovida; y en segundo lugar, I.....