Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARARSE COMPETENTE para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana Viveca Herminia Rodríguez Moratinos, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.259.025, debidamente asistida por el abogado Pedro Domingo Martos Salas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nro. 94.593, contra la Resolución de fecha 12 de enero de 2012, mediante la cual le notifican y acuerdan su remoción del cargo de Asistente Administrativo en la Contraloría Municipal del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua.
SEGUNDO: SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el presente recurs.....