Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos Solicitadapor la profesional del derecho Ana Cristina López Ibáñez, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 5.684.756, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Serenos los Andes, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 04 de Octubre de 1983, quedando inserto bajo el N° 57, Tomo 30-B.