Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay, Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve:
PRIMERO DECLARARSE INCOMPETENTE, por razones de la cuantía para conocer de la presente demanda por DAÑO MORAL, interpuesta por la ciudadana ROSA ANGÉLICA VILLASMIL DE DÍAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-1.656.813 y de este domicilio contra "C.A., CENTRAL BANCO UNIVERSAL" Sociedad Mercantil domiciliada en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, transformada en compañía anónima según documento inscrito por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 27 de agosto de 1.998, bajo el N° 91, Tomo 243-A- Qto, hoy BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A, planteando de esta manera el Conflicto Negativo de comp.....