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Decisiones del dia 10/05/2010

Formato:  Ficha  Lista

Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 6] Página 1 de 1
N° Expediente : QF-10.023 N° Sentencia : Fecha: 10/05/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
AGOSTINHO FERNANDES, CONTRA MUNICIPIO SANTA MARIA DE IPIRE DEL ESTADO GUÁRICO
Resumen:
Ahora bien, el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, establece que la interposición del Recurso Contencioso Funcionarial deberá ser efectuada dentro del término de tres (3) meses contados a partir del "...día en el que se produjo el hecho que dio lugar a él...", lo cual, si no es observado estrictamente por el particular afectado por el hecho, supondrá la extinción de su derecho al accionar judicialmente. En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que el recurrente laboró para la Alcaldía hasta el 08 de diciembre de 2008, fecha en la cual fue notificado de la remoción, e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 09 de marzo de 2009, tal y como antes se indico, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Art.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF-10.033 N° Sentencia : Fecha: 10/05/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales)
Partes:
MARÍA VICTORIA LANDAETA VS MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO
Resumen:
En el caso de autos, puede perfectamente evidenciarse que el recurrente laboró para la Alcaldía hasta el 30 de Noviembre de 2008, fecha en la cual fue notificado de la remoción, e interpuso su Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial en fecha 13 de Agosto de 2009, tal y como antes se indico, por tanto, el lapso de tres (3) meses a que se contrae la norma referida, había transcurrido con creses, en consecuencia se declara Inadmisible el presente recurso, de conformidad con el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Y así se decide
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : QF.10.013 N° Sentencia : Fecha: 10/05/2010
Procedimiento:
Querella Funcionarial
Partes:
YURILIS MARBELIS SÁNCHEZ CONTRA EL MUNICIPIO RAFAEL GUILLERMO URDANETA DEL ESTADO ARAGUA.
Resumen:
Por lo que de lo anteriormente expuesto y de lo expresado por la Accionante en su Libelo de la Demanda, se evidencia que la misma no es funcionaria Pública, por cuanto es notorio la condición de contratada; por lo que no puede inferirse esta presunción de relación funcionarial, ya que la Querellante ingresó al cargo de Promotora de Cultura, desde el 01 de Febrero de 2006, hasta el 02 de Junio de 2009, por vía de contrato, lo que hace que la relación con el ente administrativo sea de índole laboral y su normativa aplicable por ende sea la Ley Orgánica del Trabajo; y de conformidad con lo establecido en el Artículo 38 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual establece que: "...El régimen aplicable al personal contratado será aquél previsto en el respectivo contrato y en la legislación laboral...", amén de que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 146 prevé que la única manera de ingresar a la Carrera Administrativa es por la vía del concur.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : AC-9636 N° Sentencia : Fecha: 10/05/2010
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
RONALDO ALEJANDRO GONZÁLEZ MIRENA CONTRA EL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DE GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.
Resumen:
Siendo ello así, quien aquí decide considera: que el presunto agraviado dispone de un medio procesal breve y eficaz, acorde con la tutela Constitucional solicitada, como lo es la vía del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, de acuerdo con los artículos 92 y 94 de la Ley de Estatuto de la Función Publica, en virtud que pretende ventilar por esta vía del Amparo Constitucional, situaciones propias de los Recursos Contenciosos Funcionariales, ya que los hechos que denuncia el presunto agraviado como trasgredidos derivan como se dijo supra de una relación funcionarial, es decir, de un procedimiento sancionatorio en su contra, de allí que, al disponer el accionante, de la vía del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, puede lograr perfectamente, al solicitar conjuntamente en dicho recurso una medida cautelar de amparo (y cumpliendo los extremos de Ley), el restablecimiento de la situación presuntamente infringida, tal como lo ha señalado la jurisprudencia de la Sala Co.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : CA-9915 N° Sentencia : Fecha: 10/05/2010
Procedimiento:
Recurso De Nulidad Con Cautelar
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE ASER, C.A., CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT, COSTA DE ORO, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, LINARES ALCÁNTARA, LIBERTADOR Y MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA
Resumen:
Sin embargo, en aras de cumplir con la garantía constitucional de los administrados contemplada en el artículo 26 de la Carta Magna, observa este Juzgado que rielan, entre otros documentos consignados a los autos, autos dictados en fecha 18 de diciembre de 2009, donde la Inspectoría del Trabajo del estado Aragua, acumula los expedientes 043-09-01-4144, 4145, 41446, 4471, 4637, 4941, 4947, contentivos de las solicitudes de Reenganche y Pago de Salarios Caídos intentada por los Ciudadanos: Mosquera José Luís, Mijares Mendoza Camilo Ernesto, John Arold Sánchez Maldonado, Denny José Berra Fonseca, Heredia Díaz Eleazar, Juan Ramón Aguilera Cánsales, Jorge Ernesto Kryszar Ochoa, respectivamente, luego por autos de la misma fecha decretan Medidas Cautelares preventivas, asimismo consta el Oficio de Notificación del referido auto, y el Cartel de Notificación fechado el 18 de diciembre de 2009 y dirigido a TRANSPORTE ASER, C.A., en el cual se notifica el 22 de diciembr.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : CA-10059 N° Sentencia : Fecha: 10/05/2010
Procedimiento:
Recurso De Nulidad Con Amparo Cautelar
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE ASER, C.A, CONTRA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT, COSTA DE ORO, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, LINARES ALCÁNTARA, LIBERTADOR Y MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA,
Resumen:
En el presente caso, observa este Juzgado que en el escrito presentado por la recurrente, no se manifiesta de forma expresa bajo qué argumentos se justifica la presencia en el caso de autos de la presunción de buen derecho, remitiéndose al contenido del escrito recursivo. Sin embargo, en aras de cumplir con la garantía constitucional de los administrados contemplada en el artículo 26 de la Carta Magna, observa este Juzgado que rielan, entre otros documentos consignados a los autos, autos dictados en fecha 18 de diciembre de 2009, donde la Inspectoría del Trabajo del estado Aragua, acumula los expedientes N° 043-2009-01-04136, 043-2009-01-04137, 043-2009-01-04138, 043-2009-01-04139, 043-2009-01-04140, 043-2009-01-04141, 043-2009-01-04142 y 043-2009-01-04143, contentivos de las solicitudes de Reenganche y Pago de Salarios Caídos intentada por los Ciudadanos: KRAZ PEDRA JOSE RAMON, PEREZ ROMERO LUIS EDUARDO, LEON JORGE, CORDOBA ZAPATA ROBERTO JOSE, SALAMANCA FLECAS LUIS HERNANDO, BE.....
Juez/Ponente:
Geraldine López
Organo:
Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo
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