Primero: se declara Incompetente para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con medida cautelar innominada, interpuesto por las abogadas Juldy Rosana Hernández y Digna Quintero González, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 78.791 y 78.672, actuando como Apoderadas Judiciales de la Sociedad Mercantil Productos El Rey, C.A. domiciliada en Villa de Cura, sector Casa Blanca, galpón 54-1, Estado Aragua, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 28 de agosto de 2000, bajo el N° 98, Tomo 464-A, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Sucre Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua, con sede en Cagua, Estado Aragua, contenido en la Providencia Administrativa N° 00028-11, de fecha 31 de enero de 2011, d.....