DISPOSITIVA.
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA: PRIMERO: Se Judicializa la Aprehensión como LEGITIMA SEGUNDO: Se acuerda Procedimiento Ordinario, TERCERO Se acoge la precalificación presentada por el (la) Fiscal del Ministerio Público, y acoge el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD del código penal CUARTO: Se acuerda MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Penal, y para los ciudadanos. QUINTO: Se acuerda la medicatura forense para los ciudadanos. QUINTO: Se acuerda Rueda de Reconocimiento para el día 07-03-2019 a las 9:00 a.....