Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia Estadal en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Funciones de Séptimo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se acuerda la imputación realizada por la fiscalía 22° del Ministerio Público para el ciudadano: EMELINA GIMAL DIAZ DE CAHAPARRO, titular de la cedula de identidad N° V-9.672.101, venezolano, estado civil CASADA, edad 65 años, de profesión u oficio: Del Hogar, residenciado, LA MORITA II. BARRIO EL PARAISO, CALLE DANIEL LOZADA, N° 85, LA MORITA VIA COROPO, ESTADO ARAGUA. SEGUNDO: Se acuerda el Procediendo ORDINARIO. Se acoge la precalificación fiscal por los delitos de USO O APROVECHAMIENTO DE ACTOS FALSOS (FORJAMIENTO DE D.....