procesales este Tribunal de Primera Instancia Estatal en lo Penal en Funciones de primero de Control, apegándose de la solicitud fiscal, considera que lo ajustado a derecho es que administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a decidir: PRIMERO: Se decreta la aprehensión como LEGITIMA SEGUNDO: Se declina la competencia de conformidad con el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal al Tribunal CUARTO 4° de control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en virtud que el mismo presenta una solicitud por la causa signada con el numero 4C-29.484-18, MEDIANTE OFICIO N°396-19, DE FECHA 30/04/2019, CON ORDEN DE CAPTURA N°073-19, POR EL DELITO APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO Y AGAVILLAMIENTO, emanada del tribunal cuarto de control del estado Aragua. TERCERO Se acuerda mantener detenido y ser trasladado hasta el Tribunal Cuarto de control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua el día: MIERCOLES,.....