PARTE DISPOSITIVA
En mérito de las razones que fueron expuestas, este Tribunal Tercero de Juicio del circuito Judicial Aragua pasa a decidir y lo hace en la forma siguiente: una vez evacuado el acervo probatorio en la presente causa signada con el Nro. 3J-2880-18, y el acto conclusivo presentado por el Ministerio Público, por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSA, previsto y sancionado en el articulo 409, ultimo aparte en concordancia con el articulo 420, numeral 2 ambos del Código Penal para el momento en que ocurrieron los hechos; y una vez evacuados los medios de prueba promovidos en su oportunidad, donde el Ministerio Publico ratifico la acusación bajo la comisión de los delitos de: HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSA, previsto y sancionado en el articulo 409, ultimo aparte en concordancia con el articulo 420, numeral 2 ambos del Código Penal, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, debatidas cada una de las probanzas y lo que se pudo demostrar a lo .....