DISPOSITIVA
Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa 5M-1765-12, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de acuerdo a los artículos 300 Numeral 3° y 49 Numeral 1° todos del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado GREGORY HERNAN GARCÍA HIDALGO, de nacionalidad VENEZOLANA, de 24 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Latonero, natural de Maracay edo. Aragua, nacido en fecha 30/01/1987 titular de la Cédula de Identidad Nº v-17.985.261 y residenciado en CALLE SIMON RODRIGUEZ, CASA N° 57, BARRIO PIÑONAL, MARACAY DEL ESTADO ARAGUA. Notifíquese lo conducente. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Central del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua para su Archivo Definitivo. Cúmplase. Ofíciese lo conducente.-