DECISION
Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por el Tribunal de Primera Instancia en función de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 19-12-2007, mediante el cual condenó a la penada: MAYERLING KATIUSKA ARRAIZ MEDINA, identificada con la cédula de identidad Nº V-15.472.136, residenciada en BARRIO FRANCISCO DE MIRANDA, CALLEJON AUTOPISTA, CASA Nº 24, MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el Artículo 31 Parágrafo Cuarto de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas y a las penas accesorias, establecidas en el Artículo 16 del Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, 480, 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Según consta.....