DISPOSITIVA
Así las cosas, por las razones de hecho y de derecho antes consideradas, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda el otorgamiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los penados AREVALO RODRIGUEZ YAMIRA DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad N° V_15.180.430 y residenciada en SECTOR 4, CALLE "F", N° 111, BARRIO LOS HORNOS, MARACAY, ESTADO ARAGUA; y PEREZ OLIVO DAYNY JOSE, titular de la cédula de identidad N° V-20.759.413 y residenciado en BARRIO SAN LUIS, CALLE 2, CASA N° 45, MARACAY, ESTADO ARAGUA, previo cumplimiento de los requisitos de ley, todo de conformidad por lo dispuesto en los artículos 479 Ord. 1 y 480 del Código Orgánico Procesal Penal, Art. 21 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia, se acuerda que el penado se mantendrá bajo las condicion.....