DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano HANRY MANDINI. Titular de la Cedula de Identidad N° V-22.996.735, Nacionalidad, Venezolano. Dirección: CALLE CAMPO ELIAS, CASA N 20, CASCO CENTRAL, LA VICTORIA, MUNICIPIO RIBAS, ESTADO ARAGUA, quien fue CONDENADO, por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial, en fecha 23-03-2018, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de INSTIGACION EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en el articulo previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 84 numeral 3 y el articulo 458 todos del Código Penal Y que igualmente fue CONDENADO a las penas accesorias .....