Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: Declarar cumplida la pena que le fue impuesta al ciudadano ARIAS LOPEZ JHONATHAN RAMÓN, titular de la cédula de identidad N° V-17.014.196, mediante sentencia firme dictada en fecha 01-11-2002, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, la cual fue ejecutada en fecha 12-12-2002, por el Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y como consecuencia de ello la extinción de responsabilidad criminal, conforme al contenido del Artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: La libertad plena al referido ciudadano en relación a la presente causa. TERCERO: La remisión del presente expediente, en su oportunidad, al ARCHIVO REGIONAL, de esta ciudad, a los fines de su archivo y cuido por el tiempo .....