Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de TERCERO DE EJECUCIÓN, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano FARIÑAS CASTRO RUBEN DARIO, titular de la cedula de identidad Nº V-8.804.564, quien es de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en CALLEJON URDANETA, CASA Nº 45, BELLA VISTA, CAGUA, ESTADO ARAGUA, el cual fue condenado por el Tribunal Octavo de Control de este Circuito Judicial, en fecha 16-02-2017, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 ultimo aparte del Código Penal; así mismo fue condenado a las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal. Así mismo, se le participa que dicho ciudadano se encuentra en Libertad pudiendo optar al .....