DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Tercero de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA AUTO DE EJECUCIÓN al penado, LUIS GERARDO MONROY APARICIO , titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.881.081 , por lo cual encontrándose en libertad se ordena librar la respetiva orden de captura e imponerlo del contenido del presente auto, todo de conformidad con los artículos 479 numeral 1° y 480 del Código Orgánico Procesal Penal y Artículos 21 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Orden de Captura. Ofíciese lo conducente al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecuciones de Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia en Caracas, Director General de Custodia y Rehabilitación del recluso, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión. Notifí.....