Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua,Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano: PEDRO VICENTE SOTO FUENTES, ya identificado; y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo conyugal que lo unía con la ciudadana JENNY LIND CAPRILES DIAZ desde el día 27-12-1979, que se celebró por ante la Prefectura del Municipio Páez, Distrito Girardot del Estado Aragua, según consta de la copia certificada del acta respectiva, que cursa al folio ocho (8) del presente Expediente.
Con relación a la supuesta Liquidación y Partición de Bienes de la Comunidad de Gananciales que dicen existir, éste Tribunal de conformidad con el Artículo 173, ultimo aparte del Código Civil, considera que es nula absolutamente, por h.....