Con fuerza de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES intentó la ciudadana AMERICA RENDON MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-587.125, contra la SUCESIÓN DE MARÍA DE LA CONCEPCIÓN DE ROSSON VÉLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 1.893.626, o en la persona de su representante co-heredera, GLORIA MARTIN GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.618.835.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada ciudadana GLORIA MARTIN GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.618.835 al pago de las cantidades demandadas que ascienden a un total de NUEVE .....