PRIMERO: NULAS TODAS LAS ACTUACIONES REALIZADAS a partir del 11 de junio de 2011 (exclusive), pues en esa fecha se dio por cumplido el lapso de los sesenta (60) días para que comparecieran voluntariamente todos los herederos desconocidos; debiéndose cumplir una vez conste en autos la notificación de la parte accionante CARMEN CRISTINA CALDERON ROJAS, así como la de los codemandados BOGAR ALEJANDRO PALACIOS GUZMAN Y LORAINE YANDREISY PALACIOS GUZMAN, las actuaciones tendentes a lograr la notificación de la representación fiscal, así como los trámites tendentes a notificar y citar el respectivo defensor judicial de los herederos desconocidos. Cumplido las formalidades señaladas, comenzará a computarse el lapso de contestación de la demanda y subsiguientes.
SEGUNDO: Se ordena designar por auto separado al defensor judicial de los herederos desconocidos. Se ordena asimismo, practicar la notificación al Fiscal del Ministerio Publico, cumplidas como consten en autos la notificación de las .....