En mérito de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, que se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Defunción, signada con el N° 129, tomo X, año 2009, de fecha 19 de noviembre de 2009, por ante el Director de Registro Civil, de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, solicitada por la ciudadana ANNY YULEIDY REINEFELD RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 17.273.620, en dicha acta ...", Debe decir: "... Deja 01 hija de nombre ANNY YULEIDY REINEFELD RAMIREZ (mayor),..", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 772 del Código Civil del Código de procedimiento Civil. Se ordena oficiar al Director del Registro Civil de la Alca.....