Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana LILIA JULIETA JIMENEZ BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.138.019, de este domicilio, por ACCION MERODECLARATIVA CONCUBINARIA, contra los ciudadanos ANGEL RAFAEL GONZALEZ BOYER, MIGUEL ANTONIO GONZALEZ BOYER, ENRIQUE JOSE GONZALEZ BOYER, RAMON ALFREDO GONZALEZ BOYER, AURA GONZALEZ BOYER, ORLINDA MORELIA GONZALEZ BOYER, HILDA ROSA GONZALEZ BOYER, y los sobrinos por derecho de represent.....