Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos EUDES ARGENIS PALMERA CERVANTES Y NEIDYS BERVIC PALMA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.060.435 Y 15.122.569, respectivamente, el día "30 de diciembre de 1998", por ante la Prefectura del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 121, Tomo III.