Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Inadmisible la demanda de Partición y Liquidación de la Comunidad Concubinaria intentada por el ciudadano HUGO RENEE ALTAMIRANO DUBON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.865.694 y de este domicilio, debidamente asistido por la ciudadana abogada Magaly Alejandra González Inpreabogado Nº 95.585, contra la ciudadana JOHANNY CONSTANZA GONZÁLEZ JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.729.786.