Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Rectificación de Partida de Nacimiento, solicitada por la Ciudadana: ROSA CASTILLO, ampliamente identificada en autos, a los fines de dejar constancia que en vez de CLARA CASTILLO, lo correcto es colocar, "...Por la ciudadana ROSA CASTILLO". En consecuencia, se ordena remitir copias certificada de la solicitud y la presente decisión al Registro Principal del Estado Aragua y al Registro Civil del Municipio Urdaneta del Estado Aragua, para que conforme al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, estampe la nota correspondiente en la referida Acta de Nacimiento.