Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA interpuesta por la abogada DEISY MILAGROS SÁNCHEZ MORALES, Inpreabogado N° 75.014, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELINOR DEL VALLE CABRERA DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.943.879, contra el ciudadano JOSÉ HERNÁNDEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-349.557. En consecuencia extinguida la Hipoteca de Primera Grado constituida según documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Sucre del Estado Aragua (ahora Registro Público de los Muni.....