declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos JOSE DE JESUS PLAZOLA GUERRA e INIRIDA DEL VALLE CATAMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-3.892.552 y V-4.116.647 respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 24 de marzo de 1975, anotada bajo el Nº 51, de los libros respectivos.-
En relación a los bienes mencionados en el escrito libelar, este Tribunal insta a las partes a que ratifiquen la solicitud de liquidación bienes, presentado ante este Tribunal en fecha a los fines de proveer con respecto a los mismos por auto separado.