Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano JUAN VICENTE ORTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.153.989, asistido por la abogada YORAIMA FUENTES, Inpreabogado Nº 45.404, contra su cónyuge, ciudadana NELIS JOSEFINA NIEVES APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.160.989; en consecuencia DISUELTO el Vínculo Conyugal contraído en fecha 09 de Mayo de 1973, por ante la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Urdaneta del Estado Aragua, quedando asentado en libro respectivo de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1973, bajo el N° 10, que de.....