Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, con fundamento a lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA, para conocer del Juicio de ACCIÓN MERODECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA, presentado en fecha "01 de Abril del 2.016",: por el ciudadano: JOSE LUIS CEDEÑO VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-10.458.132, debidamente asistido por el Profesional del Derecho: JEANETTE COROMOTO ROMERO MAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.956.865, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 152.183, en contra de la ciudadana: ESTELA TRINIDAD VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.928.324; en consecuencia, SE ORDENA: DECLINAR L.....