este Tribunal con la probanza que consta en autos del Acta de Matrimonio, todo con arreglo a lo preceptuado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud propuesta. En consecuencia, ordena en forma Sumaria al Ciudadano Registrador Principal del Estado Aragua, e igualmente a la Presidenta del Instituto Municipal del Registro Civil de Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, estampar la debida Nota Marginal en el ACTA DE MATRIMONIO, del ciudadano CARLOS DOBLE RODRIGUEZ, con la ciudadana ESTHER MARÍA MONTERREY GRANCIANDIAZ, a fin de que escriba correctamente, el número de cédula de identidad de la ESPOSA del solicitante, determinada así: "...titular de la cédula de Identidad Nº 8814821...".....