Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA PRETENSIÓN DE ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana CARMEN ROMELIA TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad No. V-3.515.437, contra los ciudadanos CARMEN AIDA, EUGENIO RAMON, URSULA MARGARITA y TOMAS ALEXIS, ORELLAN TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-7.188.834, V-8.741.002, V-10.751.676 y V-11.091.604, respectivamente, la cual se tendrá como cierta desde el día 27 de Enero de 1956, fecha en que inició la vida concubinaria entre los ciudadanos antes mencionados, hasta el día 05 de Mayo de 1971, fecha en que falleció el ciudadano TOMAS RAMON ORELLAN PÉREZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, soltero.....