Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición realizada por el abogado JESUS ALBERTO PARRA FARFAN, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N°233.836, apoderado judicial de la parte actora, en los términos antes planteados. SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición realizada por el abogado ANTONIO GAMBOA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 71.326, apoderado judicial de la parte demandada, en los términos antes planteados. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial .....