Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: LA INCOMPETENCIA para conocer la solicitud de ENTREGA MATERIAL, que ha presentado el Ciudadano: ERASMO SIGNORINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.335.82, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.851, conforme a lo establecido en la Resolución del Tribunal Supremo de Justicia N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del Año 2009, publicada en Gaceta Oficial Nº 39152 de fecha 02 de Abril del mismo año; en consecuencia, SE ORDENA: DECLINAR LA COMPETENCIA, al Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Villa de Cura. Remítase en original la totalidad del Expediente N° 14-16.804, (nomenclatura interna de este Juzgado), en su oportunidad legal correspondi.....