Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por la ciudadana HAIDEE JOSEFINA ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.165.296, contra su cónyuge, ciudadano: JOSE JESUS CARRILLO MONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.150.878, en consecuencia DISUELTO el Vínculo Conyugal contraído en fecha 10 de septiembre de 1985, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador del Distrito Federal, quedando asentado en el libro respectivo de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1985, bajo el N° 526. SEGUNDO: Por la naturaleza del prese.....