Este Juzgador verificado como ha sido el acto de Audiencia Oral y Público y con fundamento en lo alegado y probado en actas y de conformidad con el derecho invocado en el libelo de demanda administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por daños materiales, daño moral e indexación monetaria, con motivo del Accidente Tránsito ocurrido el día 18 de Mayo de 2008, en Avenida Antonio José de Sucre con Calle Marcos Beracasa, Zona Industrial Las Vegas, adyacente a la estación de servicio Texaco, Cagua Estado Aragua; incoada por los ciudadanos EMILIO SEQUERA Y BERTA JOSEFINA ZAPATA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.362.603 y V-4.448.332 respectivamente, a través de su apoderada judicial abogada ANA RODRIGUEZ, contra la ciudadana EMILIA MARIA ACOSTA ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-628.627, en su carácter .....