Por tales razones este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente demanda de Rectificación de Acta de Defunción, incoada por la ciudadana JOSEFINA BOLIVAR DE VELAZQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.589.103 y en consecuencia acuerda la Rectificación de Acta de Defunción de la De Cujus BELÉN MARÍA PUERTA DE BOLÍVAR, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.970.471, inserta por ante el Registro Civil del Municipio José Felix Ribas del Estado Aragua, asentada bajo el N° 180, tomo 01, año 2.003 de fecha 01 de Abril de 2.003 en los términos donde se lee: "... MIRNA ..." , debe corregirse y colocarse: "... JOSEFINA...".-