DISPOSITIVA
En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana MARIA ARANDA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.814.340, en la Solicitud de Pensión de Alimentos, contra el ciudadano ASICLO ESCOBAR de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.230.383, en beneficio de sus hijos /////// y ********. Consistente en la retención de las utilidades, el Salario mensual y las Prestaciones sociales.- SEGUNDO: Se deja sin efecto las retenciones ordenadas, en consecuencia, ofíciese al Jefe de Personal de la Empresa Corpoelec Maracay Estado Aragua, a los fines del leva.....