Por lo antes expuesto y llegada la oportunidad para decidir, este Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA: PRIMERO: HOMOLOGAR el CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos ELIZABETH MIER Y TERAN MELLADO y NELSON ANTONIO GRATEROL VILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°: 14.829.587 y 13.018.139, respectivamente, DEMANDANTE y DEMANDADO; a fin de celebrar en presente convenimiento en el juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION, a favor de sus hijas ******** y //////// ; de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la LOPNNA.- SEGUNDO: Este Tribunal en vista de la presente decisión, declara terminado el juicio y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.-