Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE por la materia para conocer de la pretensión que por IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS incoaran los ciudadanos JOSÉ GREGORIO TORO ARANGUREN y DANIEL RANGEL RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-6.252.787 y V-8.987.218, respectivamente, asistidos por la abogada REINA RANGEL, Inpre No. 51.162, contra la ciudadana MONICA RANGEL RAMÍREZ DE TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.018.805, todos accionistas de la Sociedad Mercantil BODEGÓN Y LICORERIA TRZ PREMIUM C.A., plenamente identificada a los autos, y declina la competencia al Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Ci.....