Ante tal razonamiento, de hecho y de derecho aquí expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le impone la Ley, DECIDE: Primero: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento interpuesto por la parte actora, ciudadana MILEIDDY ARGELYS LEDEZMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº: 15.733.945, domiciliada en la Urb. La Mora, Av. 28, Casa N°: 34, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, en nombre y representación de su hija ***********contra el ciudadano FÉLIX MARTÍNEZ REQUENA, titular de la cedula de Identidad N°: 17.175.354, domiciliado en la Invasión La Esperanza, Parroquia Las Guacamayas, Casa N°: 32, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua..- Segundo: Se ordena librar oficio a la empresa LOGIGESTIÓN, C.A., a fin de informarle, que .....