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DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE MATRIMONIO presentada por el ciudadano GERSON ELIEZER MACIA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 9.643.464, debidamente asistido por el abogado ARNALDO AVENDAÑO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 7.246.352, inscrito en el inpreabogado bajo el número 34.733, en contra de la ciudadana CRISTINA DEL MAR CASTILLO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.741.735
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria anterior se declara LA NULIDAD del matrimonio celebrado entre los ciudadanos: GERSON ELIEZER MACIA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, .....