En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia y en Nombre de la Ley,
Declara " CON LUGAR " la demanda que por DESALOJO intentó la
ciudadana ILCAMAR YASMIN RIVAS LOBO, titular de la cédula de identidad Nº V-5.960.974, a través de su Apoderado Judicial Abogado YARITZA TOLEDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.428, contra los ciudadanos JUDITH HERNANDEZ y ANDRES ELOY MIRANDA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.589.327 y V-2.851.217 respectivamente, éstos en su carácter de arrendatarios y la primera de los nombrados en su carácter de arrendador del inmueble ubicado en la parcela T-34, Avenida 4, Manzana T, Urbanización La Esmeralda, Distrito Girardot, Maracay, Estado Aragua.
Al hilo del presente fallo, queda resuelto el Contrato de.....